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Senado impulsa marco regulatorio para la IA

El Senado de la República organizó el conversatorio “Impacto de la IA en la Innovación, la Creatividad y la Propiedad Intelectual”, con el objetivo de establecer un marco legal que equilibre el avance tecnológico con la protección de los derechos de autor.

El evento, encabezado por el senador Rodrigo Zapata Bello, es parte del proceso de “escucha activa” para construir una regulación inclusiva, basada en la participación de expertos, legisladores y profesionales del arte. Durante su intervención, el senador advirtió sobre el riesgo de que la IA desplace la autoría humana si no se definen límites claros.

Especialistas destacaron que, si bien la IA optimiza procesos, la creatividad y la interpretación emocional siguen siendo exclusivamente humanas. Gustavo Magallanes, jefe del Departamento de Algoritmos Estadísticos del Gobierno de México, subrayó que la clave está en desarrollar habilidades complementarias, como el pensamiento crítico y la gestión emocional, para mantener la relevancia humana en la creación.

En el ámbito de los derechos de autor se insistió en la necesidad de establecer reglas claras que protejan la propiedad intelectual, garanticen la transparencia y salvaguarden los derechos de los consumidores.

En la industria del doblaje, Christian Strempler, director y actor de voz, hizo un llamado a regular el uso de la IA con cláusulas contractuales que definan el porcentaje de trabajo realizado por humanos y por IA, asegurando la permanencia del gremio.

Se resaltó que México debe adoptar un enfoque equilibrado que fomente la innovación, sin descuidar la protección de los derechos de autor y los valores éticos, al priorizar la transparencia en el uso de IA, garantizar la protección de la creatividad humana y establecer un marco legal que asegure la retribución justa a los artistas en la era digital.

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¿Cuánto podrían pagar las empresas por infracción?

 

Litigios contra la IA 

El creciente uso de la Inteligencia Artificial (IA) ha desatado una ola de litigios por infracción de derechos de autor.  

El reciente fallo del caso Thomson Reuters vs. Ross Intelligence en Estados Unidos, estableció un precedente clave: la extracción de contenido protegido para entrenar IA, sin consentimiento ni compensación, no es «uso justo», sino infracción. 

Ante esta nueva realidad, los tribunales norteamericanos enfrentan el desafío de cuantificar las indemnizaciones. 

Dado que las empresas de IA han extraído datos masivamente, las indemnizaciones podrían ser multimillonarias. 

Expertos legales advierten que la falta de registro de derechos de autor podría limitar las compensaciones. No obstante, la opción más viable sería imponer un «canon razonable», basado en acuerdos de licencia previos, como referencia para determinar las indemnizaciones. 

Establecer licencias justas beneficiaría a ambas partes, evitando litigios costosos y garantizando compensaciones para los creadores. 

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El IMPI reconoce 27 nuevas marcas Famosas y Notorias

 

El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) ha otorgado el reconocimiento y clasificación de Marcas Famosa y Notorias.

Marca Famosa: Es aquella que trasciende sectores y es ampliamente reconocida por el público en general. Ejemplos de este año incluyen FARMACIAS DEL AHORRO, DANONINO, JUMEX, LA MODERNA, MERCADOLIBRE, SPOTIFY Y TAJÍN.

Marca Notoria: Su reconocimiento se centra en un sector específico, destacando dentro de su nicho comercial.

Este año, CHURRERÍA EL MORO, COLEGIO MADRID, CROWN BACCARA, EFICAZ, EMA, GLORIA Y MAYAKOBA han sido distinguidas en esta categoría.

Estas declaratorias fortalecen la protección legal, el valor comercial y la competitividad de las marcas en el mercado global.

Un paso clave en la defensa de la propiedad industrial en México.

 

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¿Cuándo una denominación puede ser engañosa?

 

Para determinar si una marca puede inducir al error al consumidor, debe analizarse si su denominación guarda relación con el origen de los productos o servicios que pretende amparar.

CONTEXTO

Se negó el registro de la marca Swiss Navy por considerar que su traducción “Marina Suiza” podía engañar al público sobre el origen empresarial de los productos en la clase 5 (cremas medicinales, lubricantes sexuales, entre otros).

Se promovió un juicio contencioso administrativo y un amparo directo, argumentando que la marca no se relaciona con un ente gubernamental suizo ni con la industria naval.

Criterio Jurídico

Para determinar si una marca puede engañar o inducir al error, debe analizarse si su denominación guarda relación con el origen de los productos o servicios que ampara.

Justificación

Según el principio de especialidad (art. 176 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial), las marcas deben analizarse en función del producto o servicio específico.

No toda denominación que haga referencia a un país o institución es engañosa por sí misma; debe evaluarse en el contexto de los productos que pretende proteger.

En este caso, Swiss Navy no es engañosa, pues los productos no tienen relación con la marina suiza, por lo que el consumidor promedio no será inducido a error.

Las marcas deben analizarse en función de los productos que protegen.

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México excluye a la IA de los derechos de autor

 

Solo obras humanas son protegidas

Las obras generadas exclusivamente por inteligencia artificial (IA) no son susceptibles de protección conforme a la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA).

Esto de acuerdo con la Sala Especializada en Materia de Propiedad Intelectual del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (Juicio Contencioso Administrativo Núm. 788/24-EPI-01-2) que confirma un principio fundamental del derecho de autor en México.

El artículo 3 de la LFDA establece que solo las obras de creación original pueden ser protegidas, mientras que el artículo 12 define al autor como la persona física que crea una obra literaria o artística. Esto implica que, sin la intervención directa de una persona en el acto creativo, no es posible reconocer derechos de autor sobre el contenido generado por IA.

Protección Legal

Cualquier obra generada enteramente por IA no podrá registrarse ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor (INDAUTOR), quiere decir que carecerá de la protección que otorga el derecho de autor, incluyendo la exclusividad en su explotación y la posibilidad de exigir regalías.

Las empresas y creadores deben garantizar una intervención humana en el uso de IA, para que sus obras sean protegibles, abriendo el debate sobre la titularidad en creaciones híbridas.

Dado que el derecho de autor no cubre estos contenidos, las empresas pueden recurrir a otros mecanismos de protección, como los derechos de propiedad industrial (patentes y marcas), licencias de uso o la confidencialidad contractual.

La evolución tecnológica y la inteligencia artificial están transformando el panorama creativo y jurídico.

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